Política
la Declaración de Derechos de los Pueblos Indígenas" de las Naciones Unidas (ONU, 2007) reconoce, a través del artículo 16, que los pueblos indígenas tienen derecho a establecer sus propios medios de información en sus propios idiomas y a acceder a todos los demás medios de información no indígenas sin discriminación; exhorta a los Estados a adoptar medidas eficaces para asegurar que los medios de información públicos reflejen debidamente la diversidad cultural indígena.
Colombia mediante la Ley 1037 de 2006 adopta la Convención de la Unesco para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial aprobada en Paris el 17de octubre de 2003 y que organiza el Sistema Nacional de Cultura.
La Resolución 34/114 de la Asamblea de las Naciones Unidas del 14 de diciembre de 1979 ordenó a la División de Investigación y Desarrollo del Centro de las Naciones Unidas para los Asentamientos Humanos (CNUAH-Hábitat) la preparación periódica de un informe mundial sobre los asentamientos humanos, el cual debía de servir para una revisión integral de las condiciones de los asentamientos humanos, incluyendo un análisis de los principales asuntos y tendencias, considerando condiciones presentes, creación, mantenimiento y mejoramientos continuos de los mismos.
Normativa
El Decreto 1397 de 1996, crea la Comisión Nacional de Territorios Indígenas y la Mesa Permanente de Concertación con los pueblos y organizaciones indígenas y dicta otras disposiciones.
El Plan Nacional de Desarrollo en su Pacto por la equidad de oportunidades, busca a vanzar en la materialización de derechos de los pueblos indígenas, el pueblo Rrom y las comunidades negras, afrodescendientes, raizales y palenqueras a través de la implementación de medidas concertadas. Para ello se ha plantado los siguientes objetivos:
- Aumentar la atención integral de los niños con pertenencia étnica desde la primera infancia hasta la adolescencia.
- Mejorar el acceso y los resultados en salud de los grupos étnicos incorporando el enfoque intercultural.
- Disminuir la brecha de acceso a los servicios de agua y saneamiento básico de alta calidad, de la población con pertenencia étnica.¿